La futura normativa tiene como base los artículos 46 y 48 de la Constitución Nacional y estipula que en las agrupaciones políticas, las organizaciones intermedias que se rijan por disposiciones del Código Electoral, los órganos colegiados, el Gabinete del Ejecutivo, así como en la contratación del funcionariado público, deberá aplicarse la paridad y la alternancia hombre-mujer.
En ese sentido, tiene por objeto establecer, regular y garantizar la participación y representación paritaria de mujeres y hombres en los cargos de elección, de designación y en la selección del funcionariado público, reconociendo que la participación de ambos en igualdad de condiciones constituye un derecho fundamental de una sociedad democrática, representativa, participativa e inclusiva, sobre la base de principios de igualdad y no discriminación conforme a la Constitución Nacional.
La sesión anterior de la Cámara Baja donde debió analizarse el proyecto quedó sin cuórum luego de que legisladores liberales, acompañados de los diputados de Avanza País, abandonaron la sesión para evitar el rechazo del documento por parte de los colorados.
Fuente: ultima hora digital