2018-05-09 | 11:00
Poder Judicial"Arrestelo, arrestelo", para Bower por dos días
Los camaristas alegan que corresponde dicha sanción estipulados en los artículos 17 del código procesal civil y 236 del código de organización judicial que establecen el arresto como sanción disciplinaria.
Agregan “que la conducta demostrada por el señor Walter Bower Montalto, obstaculiza la prosecución de la presente causa”.
A pesar de que ya han trascurrido 17 años del proceso aún no se le pudo imponer las medidas al exministro del interior Walter Bower y tampoco se pudo llevar a cabo la audiencia preliminar tanto para él como para otros dos acusados.
Fuente judiciales.net
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