2018-05-29 | 14:20
Contrabando de carneMIC sanciona a Frigorífico Concepción con multa de más de G. 16.000 millones
El boletín remitido por el MIC, detalla que el Frigorífico Concepción incumplió la medida comercial de licencia previa de importación que rige según el Decreto 8153 del año 2006, por lo que fue sancionando con el pago de G. 16.517.089.741, mediante la resolución N° 540.
La reglamentación dictada por el MIC, en cumplimiento del referido Decreto del año 2006, que se encuentra plenamente vigente pues no ha sido derogado de ninguna forma, establece como requisitos para la obtención de la licencia previa para importación de carne los siguientes pasos.
En primer lugar contar con el Certificado de inscripción en el registro de importadores de carne, asimismo se debe tener la autorización de importación expedido por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) y por último contar con la factura proforma de importación.
De estas exigencias, la referida a la Autorización del Senacsa es la que fue sometida a una atención especial en este sumario, fundamentalmente porque la competencia en materia comercial y de regulación de circulación y consumo de bienes -en este caso carne vacuna destinada al consumo humano- no responde a un mero trámite burocrático del Estado sino que también busca precautelar el derecho a la salud del ciudadano.
De esta manera, una vez cerrado el plazo para las presentaciones de pruebas de descargo, se concluyó que de los 293 despachos de importación, correspondientes al periodo 1/01/18 -7/05/18, ninguno contaba con la Licencia Previa de Importación emitida por el MIC.
En tanto del total de despachos sometidos a sumarios, 162 contaban con la autorización sanitaria del Senacsa y de los restantes 131 despachos, ninguno tenía la autorización sanitaria del Senacsa. El valor total de las cargas importadas fue de USD 20.038.260,04.
Así y según el criterio institucional aplicado por la Cartera de Estado en los sumarios ya concluidos a los frigoríficos Guaraní y Allfood con base al Decreto del año 2006, se aplicó la sanción del 10% sobre el total del valor de las cargas que contaban con la autorización del Senacsa, pero sin la obligatoria licencia previa del MIC.
En tanto se aplicó la máxima sanción prevista del 20% sobre el valor de los bienes en infracción de las cargas de carne que fueron ingresadas al país sin la autorización sanitaria del Senacsa y que tampoco contaban con la licencia de importación.
Fuente: AIP
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