2018-06-04 | 17:38
Renuncia de CartesSi Cartes no jura como senador activo el 30 de junio, sólo podrá hacerlo luego como vitalicio, según Carlos María Ljubetic
Señaló que el procedimiento para ese efecto se basa en que el titular saliente del Congreso, en este caso Fernando Lugo, notifique la imposibilidad de juramento de Cartes al TSJE, de modo a que esta entidad comunique a quien le corresponde jurar.
Lo que sí afirmó Ljubetic es que Cartes puede jurar como senador vitalicio, aunque este cargo no atribuye sueldo ni fueros. “Fueros solo tienen los senadores activos, en ninguna parte (de la Constitución) dice que eso sea de forma extensiva”, expresó el exasesor del TSJE.
Por otro parte, indicó que la confusión o diferentes interpretaciones acerca de la senaduría vitalicia se deben a que “los mecanismos no son taxativos”. “Si en la Constitución dijera que los expresidentes, presidentes o, en todo caso, los senadores vitalicios no pueden ser candidatos, entonces ahí iba a estar claro. Pero no dice”, expuso.
Cartes tiene tiempo hasta antes del 30 de junio para conseguir los votos necesarios de modo a tratar su renuncia al Ejecutivo. De no ser así, deberá culminar su mandato hasta el 15 de agosto próximo y podría jurar como senador vitalicio. Posterior a esa fecha, ya no podrá ocupar un cargo en el Senado de manera activa.
Fuente: la unión 800 a.m.
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