La VoZ digital | CIDH niega medidas cautelares solicitado por defensa de Arrom y Marti

2019-02-10 | 06:48

Caso Arrom y Marti

CIDH niega medidas cautelares solicitado por defensa de Arrom y Marti
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CIDH niega medidas cautelares CIDH niega medidas cautelares
Justicia brasileña decidirá revocar o no estatus de refugiado político

Tras los alegatos de las partes la CIDH niega las medidas cautelares a la defensa de Juan Arrom , Anuncio Martí, Víctor Colmán y Esperanza Martínez,  entendiendo que no existe peligro inminente de la violación de derechos.

Ahora queda en manos de la justicia brasileña la revocatoria del estatus de refugiados a los prófugos por secuestro. Este pedido es independiente a la millonaria demanda.

El pedido de medidas provisionales fue presentado por la defensa de Arrom y Martí luego que el Gobierno paraguayo haya solicitado la revocatoria del estatus de refugiados que Brasil les ha concedido a los ciudadanos acusados de secuestro. El pedido de la defensa mencionaba además una supuesta convocatoria a manifestación frente a la casa de la senadora Esperanza Martínez.

Esta resolución emitida por los jueces es independiente al juicio entablado por los referidos con relación a la supuesta tortura y secuestro que sufrieron, caso en el cual Arrom y Martí buscan despojar al Paraguay de US$ 63 millones. La sentencia en este caso será presentada por el Tribunal el próximo 8 de marzo.

Sobre este punto los jueces de la Corte indicaron que Paraguay está en pleno derecho de solicitar la revocatoria de refugio político. Queda en manos del gobierno brasileño conceder o denegar el pedido.

“Después de haber examinado los hechos y circunstancias que fundamentan la presente solicitud, este Tribunal estima que no resulta posible en este caso apreciar prima facie que los señores Juan Francisco Arrom Suhurt, Anuncio Martí Méndez, Víctor Antonio Colmán Ortega y la señora Esperanza Martínez (supra Vistos 4) se encuentren, en los términos exigidos por el artículo 63.2 de la Convención Americana, en una situación de “extrema gravedad y urgencia” relacionada con la posibilidad de 'daños irreparables'”, reza parte de la resolución emitida por el Tribunal.

 

En otro punto expresan que “no es posible inferir que el hecho de que Paraguay haya solicitado a Brasil la revocatoria de la condición de refugiados implique, en sí mismo, una amenaza a sus derechos, tomando en cuenta que tanto la aludida solicitud paraguaya como la resolución brasileña que se adopte a su respecto, corresponden al ejercicio de facultades previstas en el ordenamiento jurídico internacional aplicable al refugio”.