2020-11-12 | 14:35
ANTILAVADOSenado sanciona que clubes y tabacaleras sean sujetos obligados para la Seprelad
Los senadores aprobaron hoy el proyecto de ley que modifica el artículo 13 de la Ley 1015/1997, que previene y reprime los actos ilícitos destinados a la legitimación de dinero o bienes y su modificatoria Ley 3783/2009.
Con este texto, se establece la inclusión que los clubes deportivos y actividades conexas, las empresas tabacaleras y las proveedores de servicios de activo virtuales estén incorporados al listado de sujetos obligados a reportar operaciones sospechosas de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo a la Secretaría de Prevención de Lavado Dinero (Seprelad).
Los congresistas destacaron la necesidad de incluir a estos rubros dentro de los sujetos obligados debido a los hechos ilícitos que se descubrieron e involucraron a clubes y tabacaleras.
Por otra parte, cuestionaron la postora de la Seprelad, que planetó no dar trámite, indicando que estos grupos no estaban establecidos dentro d ela lista del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat)
"En concordancia con lo señalado, la modificación propuesta tendría un efecto poco favorable en el mencionado proceso, debido a que impactaría de manera directa en el resultado que obtendría el país, tanto en lo relativo al cumplimiento técnico de las recomendaciones y los resultados inmediatos que evidencian la efectividad del país en la implementación de su sistema de combate al lavado de dinero y de activos y cuya contravención significaría la calificación al país como no cooperante en esta materia", argumenta el dictamen de la Secretaría.
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