La VoZ digital | Orué informó que con inscripción de beneficiarios de Pytyvõ se supera los 1 millón de contribuyentes

2020-12-30 | 14:43

PANDEMIA EN PARAGUAY

Orué informó que con inscripción de beneficiarios de Pytyvõ se supera los 1 millón de contribuyentes
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Imagen ilustrativa. GENTILEZA Imagen ilustrativa. GENTILEZA
La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) supera 1 millón de contribuyentes con inscripción de beneficiarios de Pytyvõ. El viceministro Óscr Orué explicó que los inscriptos por este programa social están en estado suspendido, y tiene un plazo de dos años para la activación dentro del sistema Resimple.

El viceministro de Tributación, Oscar Orué, indicó que la subsecretaría está superando los 1.000.000 de contribuyentes registrados al cierre de este año, a partir de la inscripción de oficio realizada a los beneficiarios del Programa Pytyvõ 2.0.

Recordó que los inscriptos por el programa están en estado suspendido con un plazo de dos años para realizar la activación dentro del sistema Resimple, que generará obligaciones tributarias a partir del 2022.

Este aumento de la base tributaria, de todas formas, está en contraste con la población económica activa del país, calculada en 3.500.000. El viceministro realizó las declaraciones durante la firma de un convenio con la Cámara de Anunciantes del Paraguay (CAP) para cooperar en aumentar las cifras de formalización.

El viceministro Orué señaló que a partir de la reforma tributaria de hace dos años se han introducido nuevos regímenes más simplificados, como el Simple y Resimple, dirigidos a trabajadores informales con menos de Gs. 80 millones de ingresos anuales.

NUEVO SISTEMA

Recordemos que en enero de este año Subsecretaría de Estado de Tributación emitió la Resolución General N° 32/2020, por la cual establece el comprobante de venta que deberán emitir los contribuyentes que liquiden el Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) por el régimen simplificado para pequeñas empresas, RESIMPLE.

A los efectos de documentar sus operaciones económicas, los contribuyentes del mencionado régimen, deberán emitir el comprobante denominado Boleta RESIMPLE, que deberá completar los siguientes datos:

1- Fecha de emisión.

2- Número de RUC o de cédula de identidad del comprador.

3- Nombre y apellido del comprador.

4- Monto total de la operación

Con estos 4 datos el contribuyente podrá emitir el comprobante. No será necesario describir la mercadería vendida o la cantidad de productos entregados, entre otros datos que son obligatorios al llenar una Factura. Asimismo, las boletas RESIMPLE, al no estar afectadas al IVA, no se requerirá hacer cálculos de porcentaje de impuesto, lo que facilita aún más la emisión para estos contribuyentes.

En una primera etapa, el Contribuyente de este impuesto deberá expedir boletas en papel, y solicitarlas a la imprenta habilitada de su preferencia. Sin embargo en forma gradual la SET implementará la emisión por medios electrónicos de la Boleta RESIMPLE, de modo que puedan ser emitidas desde celulares, tabletas o equipos informáticos.

 

 

 

 

 

Fuente IP / SET