2021-05-17 | 09:35
SETContribuyentes del IVA e IRP registrarán comprobantes en sistema Marangatu
La disposición de la Administración Tributaria afecta a los contribuyentes que cuenten con la obligación 955 y 956. Los vencimientos para la presentación de estas informaciones serán de acuerdo con el calendario de vencimientos de declaraciones juradas informativas.
El calendario queda establecido de la siguiente manera: Ver aquí
Los contribuyentes del IRP–RSP y que por consiguiente cuenten con la obligación 956–Registro anual de comprobantes, podrán realizar el registro de sus comprobantes desde el 1 de julio. El plazo para los mismos será en el mes de febrero de 2022, conforme al calendario de vencimientos de declaraciones juradas informativas.
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