2021-07-24 | 17:56
FiscalíaFiscalía apela decisión del juez que denegó rebeldía a Díaz Verón y esposa
En su Apelación, el fiscal explica que, “en base a todas las circunstancias y en atención a que con la suspensión de la última audiencia, se llegó a un total de 5 (cinco) oportunidades en que resultaron infructuosos los señalamientos de Audiencia preliminar, todos los cuales fueron suspendidos a causa de los reiterados pedidos presentados por los abogados defensores de Francisco Javier Díaz Verón y María Selva Morinigo de Díaz.-
Por tales circunstancias “es claro que, todos los planteamientos hechos por los abogados defensores tienen la finalidad de dilatar y obstruir el curso normal del presente proceso y tratar de evitar el desarrollo continuo de los actos propios de la etapa intermedia, constituyendo todos ellos señales claras de una total falta de voluntad de
sometimiento a los mandatos de la Justicia, además de un abuso innecesario de los recursos legales instaurados hasta esta etapa”.
En el caso que nos ocupa, se encuentra más que demostrado que se cumplen los presupuestos del art. 82 del C.P.P., puesto que los acusados Francisco Javier Díaz Veron y María Selva Morínigo de Díaz, han analizado todas las herramientas procesales de manera abusiva, pues ya en fecha 30 de junio de 2.021 tampoco comparecieron al señalamiento de audiencia preliminar, pese a que se encontraban presentes sus abogados defensores y la representante del Ministerio Público, oportunidad en la que no han presentado justificaciones hasta el día de la fecha, recurriendo nuevamente a otros recursos dilatorios a fin de evitar la realización de la audiencia prevista para el 21 de julio del corriente año”, prosigue las motivaciones señaladas.
En igual sentido, “no han concurrido a la citación realizada para el día de la fecha 21 de julio de 2021, conforme surge de la nota de suspensión de la audiencia preliminar, sin justificar su inasistencia, por su parte el señor Francisco Javier Díaz Verón, pretende justificar su incomparecencia, agregando al expediente electrónico, un certificado médico que no reúne los presupuestos de forma (sin encontrarse visado por el Ministerio de Salud) y a 4 (cuatro) minutos antes de la realización. Que, todo lo expuesto por el Ministerio Público se encuentra igualmente reseñado en el informe de fecha 23 de julio de 2.021 elaborado por el Actuario Judicial” señala parte de lo expuesto por el agente fiscal.
Por tanto, el fiscal de la Unidad Especializada de Delitos Económicos y Anticorrupción y de Lavado de Dinero, Osmar Legal presentó el recurso de Apelación contra la decisión del Juzgado de Garantías.
Antecedentes
La Fiscal Nathalia Silva había solicitado declarar en rebeldía, litigantes de mala fe y revocar medidas alternativas a los acusados, tras suspender por quinta vez Audiencia preliminar, pedido que fue rechazo por el magistrado, posteriormente la defensa recuso a la fiscal Silva y también a la Fiscal General del Estado.
La agente fiscal de la Unidad Especializada de Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo, Nathalia Paola Silva también había solicitado se revoquen las medidas alternativas a la prisión preventiva y la constitución de un medico forense al domicilio de los mismos a fin de verificar su condición de salud.
Según los antecedentes de esta causa, son un total de cinco (5) audiencias preliminares suspendidas a pedido de las defensas de los acusados, y la representante fiscal realizó esta solicitud por considerar la falta del sometimiento al proceso y a los mandatos de la Justicia, por parte de los acusados.
El médico forense Pablo Lemir, señaló en su informe que no encontró elementos médicos suficientes, que impidan la presencia de los acusados a la audiencia preliminar.
Fuente Fiscalía
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