2021-09-11 | 17:31
ELECCIONES MUNICIPALESTSJE aprueba medidas de seguridad para elecciones municipales
Mediante Resolución TSJE Nº 71/2021, se establecen los informes técnicos y recomendaciones de la Comisión Especial para la Implementación de Tecnología para el Sistema de Votación y Escrutinio, con el objeto de garantizar la autenticidad y originalidad de los materiales, documentos y útiles electorales.
Las especificaciones de diseños, medidas y características de seguridad de cada documento a ser utilizado en los comicios municipales se detallan en el anexo Nº 1 adjuntado a la citada resolución.
El documento refiere que los expedientes electorales serán impresos en hojas tamaño A4, a las que serán adheridas 3 etiquetas holográficas autoadhesivas, exclusivamente para uso del TSJE. La carátula del expediente electoral, estará identificada en la parte superior con el logo de la institución, la elección de la que se trata, la fecha y la leyenda “expediente electoral”.
En este mismo punto, se individualizará el departamento, distrito, zona, local de votación, número de Mesa Receptora de Voto; la parte media baja de la hoja, contendrá el rango de electores de la mesa; y en la parte inferior las firmas de la directora y del vicedirector del Registro Electoral.
Las actas de instalación de mesa y las actas de sustitución estarán también debidamente identificadas, a la par serán individualizadas, al igual que los expedientes electorales, a que elección, departamento, distrito, zona, local de votación y mesa pertenece. En el caso del acta de sustitución, la misma será arbitrada y rubricada por el miembro o delegado de la Junta Cívica para su validez.
Dentro de estas medidas de seguridad se detallan las actas de incidente, y actas de incidente de oposición al voto ciudadano, las cuales, en el caso concreto de su uso, deberán ser firmadas tanto por el impugnante o por el incidentista como por todos los integrantes de la mesa, para que sea válido.
A la par, queda detallado lo que se desplegará como “acta de cierre de votación” y “acta complementaria de votos a computar”. el primero citado estará identificado con la leyenda “acta de cierre de votación”, y tendrá el logo de la institución. El segundo, mismo despliegue, con la diferencia que en la leyenda dirá “acta complementaria de votos a computar”.
Es importante recordar que cada acta y cada expediente estará destinado de forma particular a cada departamento, distrito, zona, local de votación y mesa correspondiente donde podrá se sufragará durante las elecciones del 10 de octubre.
Los boletines de voto electrónico, las actas de escrutinio, los certificados de resultados trep, los certificados de resultados y los boletines de capacitación cuentan con sus colores especificados en la resolución, para evitar confusiones en su despliegue y uso; además, cada uno cuenta con una leyenda que lo identifica.
En el caso de los boletines de capacitación, esta diferenciado con la denominación “no válido para votar”, de forma a descartar su uso durante el proceso de sufragio, el 10 de octubre, informó el TSJE.
La Resolución TSJE Nº 71/2021 detalla el despliegue de seguridad para con los maletines electorales y los lacres de seguridad para los mismos. Los maletines son cajas armables de color blanco, que contienen todos los materiales y útiles electorales.
Por cada proceso auditable, los maletines tendrán un total de cuatro colores de lacre de seguridad distintos. Durante la pre auditoría, los lacres serán de color verde-limón claro; durante la auditoría judicial serán de color lila; tras la auditoría con la Junta Cívica será de gris claro; y para los maletines de contingencia, se usará un lacre de seguridad tricolor. Cada lacre llevará el logo de la institución, hologramas TSJE y códigos QR, con un sistema de antiapertura.
Concerniente a los maletines de contingencia, los mismos serán de color marrón, donde serán guardados todos los materiales de reserva para la cobertura eficiente en cada local de votación.
Serán dispuestas Constancias de Entrega de Expedientes para cada proceso, siendo el “Recibo Nº 1” el que documentará la entrega de expedientes electorales para miembros o Delegado de la Junta Cívica por parte del Presidente de Mesa.
El “Recibo Nº 2” registrará la entrega de los expedientes para el Juzgado Electoral por parte de la Junta Cívica; el “Recibo Nº 3” certificará la remisión de los expedientes al coordinador departamental de parte del miembro o Delegado de la Junta Cívica o del Coordinador del Local; y por último el “Recibo Nº 4”, dejará documentada la entrega de los expedientes desde el Juzgado Electoral al Tribunal Electoral correspondiente.
Así también, serán utilizadas dos constancias de entrega de las máquinas de votación; siendo el “Recibo Nº 5” el que documentará la entrega de la máquina al presidente de mesa por parte del soporte técnico; y el “Recibo Nº 6” la devolución de la máquina al Soporte Técnico por el Presidente de Mesa.
Dos sobres de seguridad están detallados en la Resolución, siendo el primero el sobre para credenciales de contingencia, que contendrá las credenciales de las máquinas de votación de cada mesa receptora de votos y hojas preimpresas para labrar actas en caso de su utilización.
Por otra parte, el sobre de seguridad para DVD’s de contingencia tendrá en su interior los discos de las máquinas con el software de votación, además de un acta preimpresa para detallar su utilización. En el caso de ser necesario su uso, la Comisión Especial entregará, previo a la jornada eleccionaria, este sobre al coordinador departamental, para que este haga cesión al coordinador del local de votación.
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