2016-04-02 | 08:00
CAMINERA INTERVENDRÁ EN LOS CASOS EN QUE LICENCIAS ESTÉN VENDIDASRegistros de conducir deben ser perforados anualmente, reiteran
![Efectivos de la Patrulla Caminera solo intervendrán en los casos de licencias de conducir vencidas, o sea, los que que estén fuera del periodo de cinco años de vigencia. Efectivos de la Patrulla Caminera solo intervendrán en los casos de licencias de conducir vencidas, o sea, los que que estén fuera del periodo de cinco años de vigencia.](http://www.lavozdigital.com.py//assets/FEBRERO%202016/retorno.jpg)
Así las que terminan en 1 tuvieron que haberse perforado en enero, 2 en febrero, 3 en marzo, 4 podrán perforarse hasta fines de este mes de abril, 5 hasta fines de mayo, 6 hasta fines junio, 7 hasta fines julio, 8 hasta fines de agosto, 9 hasta fines de setiembre y 0 hasta finalizar octubre.
La Policía Caminera ya aclaró que lo que controlará es que la licencia de conducir no esté vencida, esto quiere decir, que esté dentro del período de los 5 años de vigencia. Esto teniendo en cuenta que la licencia de conducir debe ser renovada cada 5 años.
La fecha de vencimiento de la licencia de conducir figura en el plástico del carnet.
Ante versiones de que con la vigencia de la Ley General de Tránsito los Municipios no deben exigir más la perforación anual, es importante aclarar que esta normativa no deroga la Ley 881/81, que establece el régimen tributario municipal, a través de la cual la Comuna Capitalina cobra por la perforación anual de los registros de conducir.
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