La VoZ digital | Ejecutivo puso en vigencia el Plan Financiero para este ejercicio fiscal

2022-02-17 | 17:15

PODER EJECUTIVO

Ejecutivo puso en vigencia el Plan Financiero para este ejercicio fiscal
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Imagen ilustrativa. GENTILEZA Imagen ilustrativa. GENTILEZA
El Plan Financiero 2022 mantiene la cobertura de asignación financiera de la “Ley de Presupuesto General de la Nación-Ley 6873/2021”, en lo que refiere a la FF10 Recursos del Tesoro. En cuanto a la FF30 Recursos Institucionales, contempla un ajuste en las Coparticipaciones, específicamente el ISC–Tabaco.

El Poder Ejecutivo, a través del Decreto N° 6688/2022, puso en vigencia el Plan Financiero correspondiente al presente ejercicio fiscal y establece las normas y procedimientos para la ejecución del Presupuesto General de la Nación para el año 2022 (PGN 2022).

El Plan Financiero 2022 mantiene la cobertura de asignación financiera de la “Ley de Presupuesto General de la Nación-Ley 6873/2021”, en lo que refiere a la FF10 Recursos del Tesoro. En cuanto a la FF30 Recursos Institucionales, contempla un ajuste en las Coparticipaciones, específicamente el ISC–Tabaco, informó la cartera Fiscal.

El Plan Financiero mensual del Presupuesto Público servirá de referencia para la ejecución de los distintos programas de los Organismos y Entidades del Estado (OEE). Contiene la información cuantitativa de cada OEE y constituye una herramienta para analizar la viabilidad económica y financiera de los programas presupuestarios.

Para la ejecución del Presupuesto del ejercicio fiscal 2022, los Planes Financieros Institucionales (PFI) aprobados por el mencionado Decreto servirán de marco de referencia para la programación de caja y la asignación de cuotas de la Tesorería General y Tesorerías Institucionales de los OEE.

En relación a los Gobiernos Departamentales, se respeta la programación del IVA (FF30-006), los cuales no superan el 50% establecido en el Decreto 6581/2022.

Con respecto a la programación por Fuente de Financiamiento (FF), en Recursos del Tesoro (FF10), el mayor requerimiento para la Tesorería se presenta entre los meses de febrero a abril y diciembre, por monto superior a 3 billones de guaraníes; para Recursos del Crédito Público (FF20) se dan entre los meses de febrero y marzo, por monto superior a 2 billones de guaraníes; y para Recursos Institucionales (FF30) entre los meses de febrero a abril, por monto superior a 7 billones de guaraníes.

El Ministerio de Hacienda, como ente rector en materia presupuestaria y financiera, orientará a los OEE en el proceso de ejecución presupuestaria y para el efecto podrá establecer porcentajes de migración mensual de saldos, a partir del mes de marzo, con la Fuente de Financiamiento 10 Recursos del Tesoro, Organismo Financiador 001 “Genuino”, en función a la recaudación efectiva. IP