La VoZ digital | Aumentan subsidio a transportistas y mantiene precio de pasaje

2022-03-15 | 14:15

SUBA DEL COMBUSTIBLE

Aumentan subsidio a transportistas y mantiene precio de pasaje
103



  •  


Imagen ilustrativa. GENTILEZA Imagen ilustrativa. GENTILEZA
El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, firmó el Decreto Nº 6.750 por que se actualizan las tarifas técnicas del servicio de transporte, quedando en 3.582 guaraníes para el servicio convencional y 4.822 guaraníes para el servicio diferencial, correspondiente al mes de diciembre de 2021.

El Poder Ejecutivo reajustó las tarifas técnicas del servicio de transporte público y con ello, aumentó el subsidio de los transportistas. Con esta medida, los usuarios seguirán pagando los mismos montos del pasaje.

El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, firmó el lunes el Decreto Nº 6.750 por que se actualizan las tarifas técnicas del servicio de transporte, quedando en 3.582 guaraníes para el servicio convencional y 4.822 guaraníes para el servicio diferencial, correspondiente al mes de diciembre de 2021.

De esta forma, establece que el régimen de subsidio en el caso del servicio diferencial será 1.422 guaraníes y en el convencional 1.282 guaraníes, correspondiente a los datos operativos del mes de diciembre del 2021.

Con esta medida, el precio del pasaje del transporte público de pasajeros del área metropolitana de Asunción, se mantiene en 2.300 guaraníes (convencional) y 3.400 guaraníes (diferencial).

El documento determina también que, los montos establecidos en el Artículo I respecto de las tarifas tanto para el servicio convencional y el servicio diferencial, podrán ser objetos de variaciones en los meses sucesivos a enero/2022, según estudios de los componentes de la planilla técnica y la necesidad de su actualización.

Asimismo autoriza al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC)  a realizar compensaciones sobre el pago de subsidio con base a diferencias acaecidas después del procesamiento desde la entrada en vigencia del Decreto N° 5658/2021, en caso de comprobarse diferencias sobre cualquiera de los componentes de la tarifa técnica surgida con posterioridad al cierre del análisis de la misma.

Al respecto, indica que as compensaciones podrán aplicarse en caso de surgir diferencias sea en cantidad de validaciones o en las tarifas técnicas, pudiendo ser al alza o a la baja, dependiendo de los ajustes que puedan suscitarse. IP