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Es lo que dispone la Resolución del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) N° 108/2021. Las solicitudes deben acercarse ante los Tribunales Electorales de las circunscripciones correspondientes. Este procedimiento forma parte del Cronograma Electoral para las Elecciones Nacionales 2023.
“Acorde a lo que determina la citada legislación electoral, los partidos políticos que acuerden alianzas electorales y los partidos y movimientos políticos reconocidos que conformen concertaciones, con miras a las Elecciones Nacionales, deberán acercar sus solicitudes ante los Tribunales Electorales competentes hasta el lunes 27 de junio del 2022, hasta las 19:00 hs”. indicó el Director de Procesos Electorales, Abg. Carlos María Ljubetic.
Agregó el director que hasta el 8 de julio, los Tribunales Electorales competentes tienen tiempo para aprobar las alianzas y concertaciones, revisar si cumplen los requisitos establecidos en las legislaciones vigentes.
El término alianza está establecido en la Ley N° 834/1996, Código Electoral, que en su Art. 40 señala que los partidos políticos reconocidos podrán concretar alianzas transitorias para las elecciones nacionales, departamentales y municipales, para lo cual deberán solicitar de la Justicia Electoral el reconocimiento respectivo. El citado acuerdo transitorio caduca una vez que la Justicia Electoral declare el resultado de las elecciones que las hubiera motivado.
Sin embargo, la concertación, conforme a la Ley Nº 3212/2012 “Que amplía las disposiciones del Código Electoral y crea la figura de las Concertaciones”, detalla que este tipo de acuerdo no solo es creado a fin de pugnar en elecciones generales y municipales, sino en la formación y administración de futuros gobiernos.
TSJE