Gentileza
La Resolución TSJE N° 108/2021 que establece el Cronograma Electoral para las Elecciones Nacionales del 30 de abril de 2023 y la 30/2022 que convoca a elección de Intendente en Pedro Juan Caballero, departamento de Amambay, cuentan con plazos que deberán ser cumplidos por las organizaciones políticas que desean pugnar en estos comicios en las fechas establecidas.
La Resolución TSJE N°108/2021 dispone que del 1 al 5 de julio, los Jueces Electorales de toda la República remitirán las resoluciones de tachas y reclamos de las inscripciones en el Registro Cívico Permanente, a la Dirección del Registro Electoral.
Además, del 6 al 8 de julio, la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación - TIC deberá ser informada de las resoluciones de tachas y reclamos, remitidas por los juzgados electorales. El 8 de julio, igualmente, todas las alianzas y concertaciones electorales que hayan solicitado su inscripción y cumplido los requisitos legales y formales para ello, serán reconocidas por el Tribunal Electoral competente.
Es importante mencionar que desde el viernes 15 de julio hasta el miércoles 20 de julio, se realizará la presentación de propuestas de locales de votación para las Elecciones Internas Simultáneas.
Las Direcciones de TIC, en conjunto con la Dirección de Recursos Electorales desde el jueves 21 de julio hasta el miércoles 10 de agosto, llevará a cabo el relevamiento de datos con prueba de conectividad, georreferenciación e infraestructura edilicia de los locales de votación.
El tiempo límite para el reconocimiento de los Movimientos Internos por parte de los Tribunales Electorales de las Organizaciones Políticas será el lunes 25 de julio y el 29 de julio se realizará la comunicación de los movimientos internos reconocidos al TSJE, por parte de los Tribunales Electorales de las organizaciones políticas.
En cuanto a la Resolución TSJE N°30/2022 que convoca a Elección de Intendente Municipal del distrito de Pedro Juan Caballero, departamento de Amambay marca el inicio de sus actividades el 15 de julio, fijando como tiempo límite dicha fecha para el reconocimiento de movimientos políticos; mientras que el el 20 de julio fenece el plazo para el reconocimiento de alianzas y concertaciones electorales.
Los Tribunales Electorales de las organizaciones políticas deberán presentar las propuestas de locales de votación para las internas simultáneas al TSJE, hasta el 22 de julio.
El tiempo límite para el reconocimiento de los movimientos internos por parte de los Tribunales Electorales de las organizaciones políticas será hasta el 25 de julio y el 26 de julio dichos Tribunales Electorales deberán comunicar sobre los movimientos internos reconocidos al Tribunal Superior de Justicia Electoral.
Por último, el miércoles 27 de julio se cumplirá con el Reconocimiento de los Movimientos internos por parte del TSJE, así como la comunicación a las entidades financieras, vía correo electrónico, de la resolución por la cual se reconoce a los movimientos internos de las diferentes organizaciones políticas. Las mismas informarán a la Presidencia del TSJE, por nota, la designación de los administradores de campaña de cada movimiento interno, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 278, inciso a) de la Ley N° 834/96, modificado por la ley N° 6501/2020 hasta el día mencionado.
Finalmente las organizaciones políticas que no han designado oficiales de cumplimiento informarán a la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia Electoral, por nota la designación de los mismos a fin de cumplir con las normativas que regulan.
tsje