La VoZ digital | TSJE no abrirá el dichoso sobre 4

2023-05-11 | 11:23

Generales 2023

TSJE no abrirá el dichoso sobre 4
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No existe disposición legal que permita el recuento y sostiene que la auditoría se realizó previo a las elecciones, señalaron desde el Tribunal Superior de Justicia Electoral TSJE al momento de rechazar los pedidos realizados por los payistas, de apertura del sobre número 4, de recuento de boletines y de auditoría internacional de las máquinas de votación.

Además, rechazó el pedido de suspensión del cómputo y juzgamiento definitivo de las elecciones generales del 30 de abril, presentado por el Partido Cruzada Nacional, liderado por el expresidenciable Paraguayo Cubas.

Según el documento del TSJE, los apoderados del Partido Liberal Radical Auténtico y la Concertación Nacional, así como la senadora electa por Cruzada Nacional Yolanda Paredes, y de otras alianzas y partidos solicitaron la auditoría y reconteo del 10 % de las mesas de las diferentes circunscripciones y la auditoría del software del sistema informático de las máquinas de votación.

Argumentos

En los Considerandos, la institución remarca que el escrutinio es público y se realiza en el mismo día de las elecciones en un solo acto ininterrumpido. Enfatiza que en el Derecho Público, la interpretación de las leyes es restrictiva. “En este sentido, el axioma ‘Lo que no está expresamente permitido, está prohibido’, se constituye en una garantía para los gobernados siendo que su finalidad es evitar arbitrariedades por parte de los gobernantes".

“Dicho acto (contabilización de los boletines de voto) deben realizarlo los miembros de mesa una vez cerrada la votación por lo que el recuento de boletines de voto en un acto privado, solo con algunos participantes, constituye un procedimiento no previsto por nuestro ordenamiento positivo”.

Agrega que la ley prevé que los electores,veedores, apoderados o candidatos puedan presentar reclamos o impugnaciones respecto al escrutinio, debiendo ser asentados en el acta de incidentes. Señala que incluso el elector que tenga dudas respecto al resultado del escrutinio anunciado por los miembros de mesa puede solicitar en ese momento el recuento de votos.

Menciona que admitir el recuento, ante los Tribunales Electorales, es comprometer y dejar en tela de juicio todo el proceso del escrutinio primario realizado por las autoridades de mesa. “Además de retrotraer una etapa ya preclusa (...)”.

Indica que la norma prevé el resguardo de los boletines escrutados, pero no establece que sea con objeto de contabilizarlos.

“De todo lo expresado se colige no existir disposición legal que faculte a los órganos de la Justicia Electoral el recuento de los boletines de voto. Acceder a lo solicitado produciría un quebrantamiento al procedimiento y a los mecanismos de control establecidos por pretender comprimir en un solo acto lo que en nuestro ordenamiento positivo está concebido que se lo haga gradualmente (...)”.

Respecto a la auditoría del software, sostiene que se trata de una previsión cumplida con anterioridad a las elecciones.

Paraguayo Cubas denunció desde el lunes 1 de mayo un supuesto fraude electoral. Esto generó movilizaciones en distintos puntos del país, principalmente de los adherentes del político de Cruzada Nacional.

Posteriormente, se unieron otros referentes de la oposición, como el expresidenciable por la Concertación Nacional Efraín Alegre y la candidata a vicepresidenta por la misma fuerza política, Soledad Núñez.

Los manifestantes exigen la apertura del sobre número 4 y la liberación de Paraguayo Cubas, quien fue detenido el pasado viernes y un juez decretó su prisión preventiva.

La Fiscalía abrió una investigación en su contra por perturbación de la paz pública, amenaza de hechos punibles, tentativa de impedimento de las elecciones, tentativa de coacción a órganos constitucionales y resistencia.

 

 

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