2024-04-12 | 07:23
Crisis internacionalEn Ecuador denunciaron a Rafael Correa por traición a la patria
En la denuncia, Núñez indicó que la irrupción ordenada por Daniel Noboa no transgredió ninguna norma: “Al invocarse los Convenios de Ginebra y sus Protocolos Adicionales, dentro del estado de excepción, el Estado ecuatoriano ejerció su derecho soberano al uso unilateral de al defensa, conforme lo dispuesto en el artículo 51 de al Carta de las Naciones Unidas”, se lee.
El texto resalta algunas de las intervenciones de Correa que, a decir de la ministra, mostrarían la consecución del delito: " Es primera vez en historia que sin consentimiento del gobierno se entra una sede diplomática que es suelo extranjero eso es un “casus Belli”, es un motivo de guerra... Fácilmente, México la segunda economía latinoamericana de las dos economías más grandes del planeta, podría bloquear el puerto de Guayaquil donde entra y sale el 80% de comercio internacional y nos hace quebrar en dos meses...”. Esto fue dicho por el ex mandatario en el medio argentino C5N.
Además de las entrevistas, también se mencionan en la denuncia las expresiones de Correa en redes sociales, como este que fue presentado por Núñez: “Se requiere disculpas para el pueblo mexicano y el pueblo ecuatoriano. Esto es una afrenta para TODOS. Como bien dijo la embajadora Raquel Serur: el pueblo ecuatoriano no merece un Gobierno como el de Noboa. Recuerden que Jorge Glas sigue secuestrado por estos criminales”, escribió el ex mandatario.
El ex vice de Ecuador contó en un video cómo fue su captura dentro de la embajada mexicana y se declaró en huelga de hambre
La secretaria de estado sostiene que ninguna expresión del político puede ser amparada por el Derecho a la libertad de expresión “ya que la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en su articulado y jurisprudencia ha señalado las limitantes de este derecho” y citan el numeral 2 con los literales a y b del artículo 13 de dicho instrumento que indican: “El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar: a) El respeto a los derechos o a la reputación de los demás, b) La protección de la seguridad nacional, el orden pública o la salud o la moral públicas.”
En la denuncia, se indica “no todos los comentarios publicados en redes sociales o aquellos vertidos en entrevistas de medios de comunicación tienen el alcance para causar esta situación”. Sin embargo, en el caso de Rafael Correa, al ser un ex presidente de la República, es decir, una persona conocida públicamente, “con alcance e influencia mediática, que inclusive mantiene a la fecha un importante apoyo de ecuatorianos, de tal manera que sus “opiniones y pronunciamientos” tienen más peso y alcance que las de un ciudadano común”.
El artículo 355 del Código Penal del Ecuador establece una sanción de 10 a 13 años de prisión para el delito de traición a la Patria “en conflicto armado, la persona que realice alguno de los siguientes actos, aun contra fuerzas aliadas... Divulgar noticias con la intención de infundir pánico, desaliento o desorden en las tropas o ejecutar cualquier acto que pueda producir iguales consecuencias”: Desde el 9 de enero, el país se mantiene bajo conflicto armado interno.
infobae
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