La VoZ digital | Pastor evangélico ligó 20 años por abusar de un niño

2024-04-23 | 07:21

Ministerio Público

Pastor evangélico ligó 20 años por abusar de un niño
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El agente fiscal Irán Suárez Galeano representó al Ministerio Público en la investigación y en el juicio oral que culminó este lunes ante el Tribunal de Sentencia de Villa Hayes, donde se dictó la condena a 20 años de penitenciaría para un ciudadano de 63 años de edad quien abusó de un niño de 5 años, en la ciudad de Benjamin Aceval. El ahora condenado se desempeñaba como pastor de una entidad evangélica en el Bajo Chaco.

Los hechos se remontan al 11 de diciembre de 2022 cuando el niño de 5 años fue a jugar en el patio del vecino, ocasión que fue aprovechada por el sujeto quien lo introdujo al baño de la casa, ubicado en el fondo del hogar, donde tras taparle la boca y los ojos lo sometió al coito. Tras el hecho, el niño fue a su casa y le pidió al padre que lo limpie donde se percataron con la madre de lo ocurrido e inmediatamente lo llevaron hasta el Hospital de Villa Hayes. 

La unidad fiscal interviniente a cargo del agente  fiscal Irán Suárez procedió de inmediato a trasladar al niño hasta el departamento de Clínica Forense y hasta el Centro de Atención a Victimas del Ministerio Público, donde se constató a través del médico forense de turno la existencia de tres lesiones. De igual manera, el niño en su contención psicológica señaló al supuesto autor. 

En la causa se realizaron varias diligencias como ser: la contención psicológica, la evaluación psicológica, Cámara Gesell, pericias planimétricas del lugar del hecho, estudios laboratoriales, testimonios y otros elementos de prueba con los cuales el Ministerio Público ha demostrado claramente tanto la existencia del hecho así como la autoría del sospechoso quien finalmente fue condenado a la pena de 20 años de penitenciaría.

De esta manera, el Ministerio Público cumple con su rol de representar a la sociedad en los hechos de acción penal pública así como en la protección de la autonomía sexual de los niños. 

Observación: en cumplimiento a las leyes de protección a los niños, se omiten la identificación tanto de la víctima como del victimario.