La VoZ digital | La SET aclaró que se podrá reducir los gastos personales del contribuyente.

2017-01-09 | 13:27

IRP: Gastos personales y fliares podría reducirse

La SET aclaró que se podrá reducir los gastos personales del contribuyente.
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Imagen de Referencia. Imagen de Referencia.
La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) aclaró este lunes en que a "deducciones admisibles" que del total de ingresos registrados o renta bruta, se podrán deducir los gastos personales del contribuyente y de sus familiares siempre y cuando estos estén debidamente documentados con comprobantes de venta válidos.

Para este año 2017, también se podrán deducir las compras y gastos realizados en el exterior, siempre que se refieran a educación, salud, vestimenta, vivienda etc y sus gastos relacionados, pero todos debidamente documentados, según informó el Ministerio de Hacienda.

Las compras en el exterior serán deducibles siempre que cumplan al menos algunas de las siguientes condiciones: que estén consignadas en el extracto de una tarjeta de crédito o débito del propio contribuyente emitidas por una entidad radicada en el país; que estén respaldadas con los extractos o comprobantes de las transferencias o giros bancarios de entidades bancarias o similares dentro del país, que cuenten con el comprobante o factura legalizado a través del Consulado respectivo, o que sean gastos de traslado, o billetes aéreos, cuando estos hayan sido adquiridos a través de agencias de viajes radicadas en el Paraguay.

La Administración Tributaria recordó también que este año, el Impuesto a la Renta Personal alcanzará toda personas que perciban ingresos por el valor de G. 117.870.420, equivalente a 60 salarios mínimos anuales, quienes serán contribuyentes a partir del día siguiente de haber superado este límite de ingresos, teniendo la obligación de inscribirse en el RUC dentro de los 30 días siguientes.