2017-05-03 | 12:01
Rodrigo QuintanaConfirman a fiscal que investiga caso Rodrigo Quintana
La recusante alegó supuesta ignorancia de la ley por parte de la representante del Ministerio Público.
Refiere el documento fiscal: “De la recusación planteada se desprende una disconformidad de la parte recurrente, en cuanto a la
tarea investigativa desarrollada por el Ministerio Público. Se debe señalar que el Juzgado Penal de Garantías se convierte en el órgano competente para atender los reclamos como los presentados; en salvaguarda o restablecimiento de las garantías que asisten a las personas afectadas al proceso”.
Prosigue, “la decisión de iniciar formalmente un proceso o llevar a delante diligencias y actos investigativos propios de la actividad fiscal por parte de los representantes del Ministerio Público, son facultad exclusiva conferida a esta institución por el ordenamiento jurídico procesal vigente y su utilización no puede ser tomada como un motivo para lograr el apartamiento de un agente fiscal. Los motivos previstos en el Art. 57 del Código Procesal Penal son específicos y determinantes, lo cual significa que solamente los casos establecidos en esta norma serán objeto de separación o apartamiento”, finaliza.
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