Juzgado abre análisis de intervención de misioneros japoneses en juicio de tierras, explica abogado
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Sexto Turno, bajo la dirección del juez Heinrich Fabian Von Lucken, admitió el recurso de reposición presentado por el abogado Milciades Benítez, en representación de la Fundación para el Desarrollo Sustentable en las Américas del Norte y del Sur. La resolución judicial permitirá que se analice la intervención de la fundación como tercero en un litigio sobre 310 hectáreas de tierras en el Chaco, protegidas por la Ley de Seguridad Fronteriza y valuadas en 500 millones de dólares.
Estas tierras fueron transferidas en 2018 a empresas registradas en paraísos fiscales, como las Islas Vírgenes Británicas y la República de Chipre, por una orden de la exjueza Tania Irún. La magistrada fue destituida en 2021 por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) tras cuestionamientos a su desempeño judicial.
El abogado Milciades Benítez explicó que su recurso se basó en el artículo 77 del Código Procesal Civil. “El juez originalmente quería resolver directamente, y llamó autos. Repusimos la providencia, y nos hizo lugar a la reposición y ordenó que se corra traslado a las partes. Eso implica que él se abre a analizar la intervención como tercero, y desechó la posibilidad de rechazar in limine nuestro pedido de intervención”.
El recurso de reposición fue admitido para garantizar que las partes del litigio puedan expresar su aceptación u oposición al pedido de intervención de la fundación. Según Benítez, omitir este paso hubiera comprometido la validez del procedimiento. “Si el juez dictaba resolución sin correr traslado a las partes (como ordena el artículo 77), la resolución podría impugnarse de nulidad”, dijo el representante de la fundación japonesa.
El abogado destacó que este fallo refuerza el respeto a los procedimientos legales establecidos y los derechos procesales de las partes. “Con la admisión de nuestra reposición, conseguimos que se respete el procedimiento establecido para el incidente de intervención de terceros”, agregó.
RELEVANCIA DE LA INTERVENCIÓN
El caso involucra a la Fundación para el Desarrollo Sustentable en las Américas del Norte y del Sur, una organización integrada por misioneros japoneses que desde hace 25 años desarrolla proyectos de conservación y piscicultura en Puerto Leda, zona estratégica del Gran Pantanal. Benítez remarcó que la labor misionera está en riesgo debido a la transferencia de las tierras que arrendan con opción a compra, por lo que buscan intervenir en el juicio para defender sus derechos contractuales.
Par la fundación japonesa la decisión del juez es como un avance importante en este complejo litigio. “Está obligado a valorar el escrito y las pruebas del incidente, y las contestaciones de las partes, en razón a que dio trámite al incidente”, explicó el abogado, y además, aseguró que este fallo contribuye directamente a la defensa de los intereses de la fundación.
“Es un paso para que se resuelva si nos dan o no intervención en el expediente principal (el que ordena que se escriture estas tierras a favor de las empresas de maletín del exterior). Si conseguimos la intervención, podemos oponer todo tipo de incidente y hacer valer nuestro contrato de arrendamiento con opción a compra”, refirió durante la entrevista.
El juez ordenó un plazo de cinco días para que las partes del juicio se pronuncien sobre la solicitud de intervención de la fundación. Mientras tanto, la organización espera que su petición sea aceptada para poder participar activamente en el litigio y preservar tanto su misión como la legalidad del proceso.