Corte destraba juicio de reparación del daño contra Froilán Peralta

Corte destraba juicio de reparación del daño contra Froilán Peralta

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró competente al Tribunal de Sentencia del fuero ordinario para tramitar la reparación del daño en la causa contra el exrector de la UNA. El proceso apunta ahora al reclamo patrimonial del Estado, que exige más de G. 1.200 millones a los condenados.

La Sala Penal declaró que el Tribunal de Sentencia del fuero ordinario es el órgano habilitado para continuar con el juicio de reparación del daño en la emblemática causa «UNA no te calles», cuyo principal condenado es el exrector de la Universidad Nacional de Asunción, Froilán Enrique Peralta Torres.

La decisión puso fin a un conflicto negativo de competencia que mantuvo paralizado el expediente durante casi dos años, luego de que tanto juzgados ordinarios como especializados se declararan incompetentes para entender en esta etapa posterior a la condena penal.

El conflicto se inició cuando la jueza Penal de Sentencia Especializada en Delitos Económicos y Corrupción N.° 2, Karina Jazmín Cáceres González, se declaró incompetente para resolver la reparación del daño y remitió los antecedentes a la Corte Suprema. Con anterioridad, la jueza del Tribunal de Sentencia N.° 4 de Central, Victoria Ortíz, también había declinado competencia, argumentando que la reorganización de los juzgados especializados desplazaba la intervención del fuero ordinario.

Al analizar los antecedentes, la Sala Penal recordó que la causa cuenta con sentencia firme desde el año 2023. El 8 de agosto de 2022, el Tribunal Colegiado de Sentencia de Central condenó a Froilán Peralta a tres años de prisión por lesión de confianza, mientras que María del Carmen Martínez Méndez, exdirectora de Talento Humano del Rectorado, fue sentenciada a tres años y seis meses de cárcel por estafa. El fallo fue confirmado por el Tribunal de Apelación y los recursos de casación y aclaratoria fueron rechazados por la propia Sala Penal, quedando la condena firme.

La Sala sostuvo que, conforme al Código Procesal Penal, corresponde que el mismo Tribunal que dictó la sentencia condenatoria sea el encargado de sustanciar el juicio de reparación del daño. En ese sentido, aclaró que las acordadas que dieron origen a los juzgados especializados no resultan aplicables al caso, ya que el tribunal fue sorteado en mayo de 2019, antes de la entrada en vigencia de dichas disposiciones. Incluso, recordó que ya existía un antecedente previo dentro del mismo expediente que ratificaba la competencia del Tribunal Ordinario N.° 4 de Central.

La Sala Penal declaró formalmente competente al Tribunal de Sentencia del fuero ordinario y ordenó la remisión inmediata de los antecedentes, habilitando así el avance del juicio de reparación del daño, que ahora pasa a ser el eje central del proceso.

En esta etapa, el Tribunal deberá analizar el reclamo patrimonial presentado por la Procuraduría General de la República contra los condenados. Según el escrito, el Estado exige que Froilán Peralta repare la suma de G. 958.785.549, mientras que a María del Carmen Martínez Méndez se le reclama G. 248.089.375, montos que coinciden con el perjuicio económico determinado durante el juicio oral y público.

En el caso «UNA no te calles» se probó que Peralta, entre los años 2012 y 2015, realizó nombramientos fraudulentos, contratando parientes y personas sin título habilitante con rubros docentes, lo que generó un daño millonario al patrimonio de la Universidad Nacional de Asunción. En cuanto a Martínez Méndez, se comprobó que utilizó fondos del Rectorado para contratar personal destinado a su granja privada.

Tras quedar firme la condena, Peralta se entregó en noviembre de 2023 y posteriormente accedió al beneficio de prisión domiciliaria, completando el cumplimiento de la pena impuesta.

Fabrizio Benzo

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