Recuerdan período de veda pesquera correspondiente al ciclo 2025-2026
El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) en conferencia de prensa comunicó que mediante la Resolución N.» 523/2025, estableció el periodo de veda de pesca en todo el territorio nacional correspondiente al ciclo 2025-2026, aplicable a la pesca deportiva y comercial, al uso de artes de pesca, y al transporte y comercialización de productos pesqueros, con el objetivo de proteger las especies ictícolas durante su época de reproducción.
Aguas compartidas con Brasil: 2 de noviembre de 2025 al 31 de enero del 2026
Aguas compartidas con Argentina: 2 de noviembre de 2025 a 20 de diciembre de 2025
Los acopiadores y comercializadores (pescaderías, supermercados, restaurantes y comedores) inscriptos en el Registro Nacional de Pesca y Pescadores deberán presentar una Declaración Jurada de stock ante la Dirección de Pesca y Acuicultura entre el 27 y el 31 de octubre de 2025. Los productos declarados en tiempo y forma podrán ser comercializados por un plazo máximo de 10 días corridos, exclusivamente para agotar el stock almacenado.
La Dirección de Pesca y Acuicultura y la Dirección de Fiscalización Ambiental Integrada serán responsables del control, seguimiento y vigilancia del cumplimiento del periodo de veda pesquera 2025-2026. EI incumplimiento de lo dispuesto será sancionado con multas.
Río Paraguay, desde la confluencia con el Rio Negro hasta el Rio Apa: del 2 de noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026.
Río Apa, desde su confluencia con el Rio Paraguay hasta el Arroyo Estrella: del 2 de noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026.
Río Paraguay, desde el Rio Apa hasta el Rio Pilcomayo: del 2 de noviembre al 20 de diciembre de 2025.
Río Pilcomayo, desde el Hito Esmeralda hasta su confluencia con el Rio Paraguay: del 2 de noviembre al 20 de diciembre de 2025
Río Paraguay, desde el Río Pilcomayo hasta el Río Paraná: del 2 de noviembre al 20 de diciembre de 2025
Río Paraná, desde Saltos del Guairá hasta el Rio Yguazú: del 2 de noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026.
Río Paraná, desde el Río Yguazú hasta el Rio Paraguay: del 2 de noviembre al 20 de diciembre de 2025.
Otros ros, arroyos, lagos y lagunas: del 2 de noviembre al 20 de diciembre de 2025.
Las sanciones podrán ir desde un jornal hasta 20 mil jornales e incluso llegar a instancias de la justicia.
