Se hace efectiva la prisión de Zully Ortiz y Evelin Paredes en cárcel de Emboscada

Se hace efectiva la prisión de Zully Ortiz y Evelin Paredes en cárcel de Emboscada

Hoy se ejecutó la orden del juez José Delmás de remitir a la cárcel a la abogada Zully Ortiz y la funcionaria de la Facultad de Derecho UNA, Evelin Paredes, imputadas por coacción y amenaza de hechos punibles contra el equipo periodístico de El Observador. Paredes presentó apelación a lo dispuesto por el juzgado.

La prisión preventiva fue resuelta ayer en horas del mediodía en audiencia telemática, durante dicha diligencia la fiscal Ruth Benítez pidió la prisión preventiva para ambas mujeres, en el caso de Zully Ortiz, tanto por su renuencia a colaborar con la investigación de hecho puntual y las imputaciones y acusaciones por casos que tiene relación con la trama criminal de la mafia de pagarés, como elementos claves para configurarse dentro del peligro de obstrucción a la investigación, que también fue tenido en cuenta para el caso de Paredes.

Paredes a través del abogado Hugo Correa, apeló la prisión preventiva adjuntando elementos para acreditar el arraigo y de esa manera evitar tanto la fuga como la obstrucción.

En ese caso particular, la fiscal Ruth Benítez ejercerá la contestación y posteriormente la Cámara de Apelación pasará al estudio y correspondiente resolución en cuanto al incidente citado.

Ambas mujeres estarán en proceso de admisión que tiene una duración de entre 24 a 48 horas, para luego ser remitidos al pabellón carcelario asignado por las autoridades penitenciarias.

Antecedentes

El juez José Delmás decretó la prisión preventiva de la Abg. Zully Ortiz García y de Evelyn Paredes Frutos, imputadas por coacción y amenaza de hecho punible. En el caso de la letrada, el magistrado tuvo en cuenta su resistencia y falta de colaboración durante el allanamiento a su vivienda, además de sus otras imputaciones en el marco del caso mafia de pagarés.

La defensa técnica de la imputada Ortíz García manifestó que la prisión preventiva resulta “innecesaria y desproporcionada” y que los fines del proceso pueden ser garantizados a través de medidas menos gravosas. Agregó que el delito de coacción posee un marco penal de pena máxima de dos años, mientras que la amenaza de hecho punible, un marco inclusive inferior al primero.

“El pilar fundamental de mi argumentación se basa en la ley 4431/11 que modifica el art 245 del CPP y prohíbe las medidas a hechos punibles como crímenes situación no aplicable a los tipos penales por lo cual mi representada se encuentra imputada dentro de la presente investigación” justificó la defensa y resaltó que no existen peligros procesales como obstrucción o fuga.

A su turno, la defensa técnica de la imputada Evelin Paredes Frutos, también solicitó medidas menos gravosas, arguyendo su condición de madre de niños menores que están a su cargo y que es funcionaria de la Facultad de Derecho UNA. “Mi defendida no tiene la intención de obstruir a la justicia ni menos fugarse o algún peligro de fuga y desde el primer momento se ha sometido a cualquier investigación que la fiscalía y el juzgado lo citare”, sostuvo.

Fabrizio Benzo

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *