Tribunal reduce la restricción al intendente Hilario Adorno en Puerto Casado
El Tribunal de Apelación Especializado revocó parcialmente la prohibición de acercamiento de 500 metros que pesaba sobre el intendente de Puerto Casado, Hilario Adorno Mazacote (ANR-HC), y dispuso que la restricción a partir de ahora sea de 100 metros a la redonda de la Municipalidad. La medida, no obstante, mantiene la prohibición de ingreso al edificio comunal.
La resolución se da en el marco de un recurso planteado por la defensa, que cuestionó la fundamentación del Tribunal de Sentencia. Los abogados sostuvieron que la decisión violaba el artículo 125 del Código Procesal Penal, que obliga a los jueces a dictar resoluciones motivadas, claras y precisas, bajo sanción de nulidad.
“El agravio central de esta defensa es que la fundamentación del Tribunal de Sentencia es insuficiente y no cumple con la norma del art. 125 del C.P.P. (…) La resolución cuestionada carece de la motivación exigida en derecho, ya que no expone razonamientos concretos que justifiquen la negativa a lo solicitado por esta defensa”, señala el escrito, al acusar que el fallo se basaba en fórmulas genéricas y remisiones a decisiones anteriores, sin valorar las nuevas circunstancias expuestas en audiencia.
Uno de los puntos principales planteados fue que la medida restrictiva se fundaba únicamente en la eventual influencia sobre testigos. Sin embargo, los letrados recordaron que todos los testigos ya declararon en juicio oral, y que sus testimonios fueron producidos, reproducidos y valorados, por lo que no existe riesgo de presión alguna. Incluso, en caso de un eventual reenvío, la defensa alegó que las declaraciones ya forman parte del proceso y no podrían ser alteradas.
El Tribunal de Alzada reconoció que la medida cautelar inicial fue dictada “con el espíritu e intención de no obstruir la investigación fiscal y evitar influencia sobre testigos”, pero señaló que ese fundamento ya cumplió su fin tras haberse desarrollado el juicio oral.
Al analizar el caso, los jueces tuvieron en cuenta también las particularidades de Puerto Casado, una ciudad pequeña en dimensiones. Bajo ese contexto, concluyeron que mantener una restricción de 500 metros limitaba de manera excesiva la movilidad del procesado dentro del área urbana donde reside.
En consecuencia, revocaron parcialmente la prohibición, modificando el alcance de la medida. Desde ahora, Adorno no podrá acercarse a menos de 100 metros a la redonda de la sede municipal, manteniéndose vigente la prohibición expresa de ingresar al edificio.
El intendente electo de Puerto Casado, Hilario Adorno (ANR-HC), hermano del diputado cartista Domingo Adorno, fue condenado a tres años y ocho meses de prisión tras comprobarse que utilizó dinero de los contribuyentes para pagar una cuota de una camioneta a su nombre. Pese a la condena, el jefe comunal se mantiene en el cargo mientras el proceso judicial continúa en instancias de apelación.
