Intendenta de Valenzuela esperará juicio por lesión de confianza con libertad ambulatoria
El juez Rodrigo Estigarribia otorgó libertad ambulatoria a Mirtha Elizabeth Fernández Yegros, intendenta de Valenzuela acusada por lesión de confianza por un supuesto perjuicio patrimonial causado asciende a G. 1.199.305.432, causa elevada recientemente a juicio.
El arresto domiciliario fue sustituido por la obligación de comparecer trimestralmente del 1 al 5 del mes ante el Juzgado; prohibición de salir del país, sin previa autorización del juzgado y prohibición de cambiar el domicilio denunciado en autos, sin previa autorización del Juzgado.
Su defensa, el abogado Mario Alberto Bobadilla argumentó que las restricciones de libertad, primero prisión preventiva y luego arresto domiciliario, habían perdido sentido, ya que la causa ya fue elevada a juicio oral y público. Además, destacó la condición de Fernández como intendenta electa de Valenzuela (periodo 2021-2025), lo que exige su presencia en el municipio para cumplir con funciones legales y constitucionales.
También se presentaron fianzas personales y una caución real sobre un inmueble tasado en más de G. 1.435 millones, además de constancias médicas sobre enfermedades respiratorias y cardiovasculares de la procesada.
El fiscal Néstor Coronel, se opuso a la modificación y pidió mantener el arresto domiciliario, aunque reconoció que la defensa presentó argumentos atendibles. Consideró que la medida vigente era la más adecuada, aunque dejó abierta la posibilidad de permisos por motivos de salud.
En su análisis, el magistrado resaltó que de acuerdo al artículo 19 de la Constitución Nacional, la prisión preventiva constituye una medida de carácter excepcional, cuyo dictado solo se encuentra autorizado cuando resulte indispensable para las diligencias del juicio. “Esta cláusula constitucional consagra el principio de ultima ratio en materia de privación de libertad en etapa procesal, orientando a los operadores jurídicos a preferir mecanismos menos gravosos para los derechos fundamentales del imputado, en atención al principio de presunción de inocencia”, complementó.
Arguyó que si bien dictó arresto domiciliario en contra de la acusada, la defensa al solicitar la revisión de medidas cautelares ha invocado, como argumento relevante, la calidad de autoridad electa de la señora Mirtha Elizabeth Fernández Yegros, proclamada Intendente Municipal de Valenzuela para el periodo 2021-2025, conforme a la Sentencia Nº 146/2021 del Tribunal Electoral de la Circunscripción Judicial de la Capital – Segunda Sala. Esta condición implica la existencia de un arraigo funcional e institucional, respaldado por la Ley N.º 3966/2010 “Orgánica Municipal”, lo cual evidencia no solo el cumplimiento de una función pública esencial sino también un vínculo efectivo con su comunidad, circunstancias que deben ser valoradas conforme al artículo 245, inciso 1), del Código Procesal Penal.
“Considerando que no se ha demostrado un peligro procesal actual, corresponde analizar la posibilidad de sustituir la medida de arresto domiciliario por otras menos gravosas, tales como la prohibición de salida del país, la obligación de comparecencia periódica ante el juzgado, la fianza y otras restricciones que resulten proporcionales y suficientes para asegurar la sujeción al proceso, en estricta observancia del principio de legalidad, la presunción de inocencia y el mandato constitucional de aplicar las medidas cautelares más adecuadas y menos lesivas, conforme lo exige el artículo 19 de la Constitución Nacional y el artículo 243 del Código Procesal Penal”.
Con base en esto, consideró pertinente modificar la medida cautelar de arresto domiciliario por otras menos gravosas, teniendo en cuenta que ha concluido la audiencia preliminar y se ha dictado la resolución por escrito.
Además de esta causa, Fernández Yegros fue recientemente imputada por junto a otras cinco personas por lesión de confianza y otros hechos, por un supuesto perjuicio de G 299 millones como consecuencia del pago con recursos del Fonacide por obras que no habrían sido realizadas. Para justificar los desembolsos se habrían utilizado documentos con información falsa.
