Berilo: CSJ nuevamente destraba causa contra presunto líder narco «Cucho» Cabaña

Berilo: CSJ nuevamente destraba causa contra presunto líder narco «Cucho» Cabaña

La Corte Suprema de Justicia destrabó una vez más la causa contra el supuesto líder narco Reinaldo Javier «Cucho» Cabaña y otros acusados por supuesto narcotráfico, tras rechazar la apelación que presentó uno de los procesados, contra el fallo que confirmó al juez Miguel Palacios en el proceso.

El recurso de apelación general fue interpuesto por el ciudadano Diego Medina, bajo patrocinio del abogado Pedro Albino Rodríguez Servín, contra la resolución del Tribunal de Apelación en lo Penal de la Capital que rechazó la recusación una recusación presentada contra el juez de garantías Miguel Palacios.

El ministro Eugenio Jiménez Rolón reiteró que el art. 112 del Código Procesal Penal dispone que las partes deberán litigar con buena fe, evitando planteos dilatorios y cualquier abuso del derecho. Luego, recordó que el art. 114 del mismo código autoriza a los jueces a la aplicación de sanciones cuando se compruebe mala fe o se litigue con temeridad.

En el voto del ministro Manuel De Jesús Ramírez Candia se subrayó que la competencia de la Sala Penal de la Corte Suprema, según el art. 39 inciso 3 del Código Procesal Penal, se limita a resolver recusaciones contra miembros del Tribunal de Apelación y no contra magistrados de primera instancia.

El ministro Luis María Benítez Riera, al adherirse a la inadmisibilidad, explicó que el art. 345 del Código Procesal Penal establece que, una vez rechazada la recusación, esta es inapelable y el juez recusado debe continuar conociendo la causa, sin que las partes puedan volver a invocar los mismos hechos para apartarlo. “De admitirse la apelación, se vulnerarían principios de igualdad procesal, celeridad y economía”, argumentó.

La Sala Penal reiteró que su competencia para conocer recusaciones se limita a los miembros de los Tribunales de Apelación y a los ministros de la Corte, de acuerdo con el Código de Organización Judicial y el Código Procesal Penal. La resolución reafirma la interpretación restrictiva de los recursos procesales y advierte que la recusación no puede utilizarse como mecanismo para elegir magistrados ni como estrategia dilatoria.

En consecuencia, la Corte Suprema de Justicia resolvió declarar inadmisible el estudio del recurso de apelación general interpuesto por Diego Medina, quedando firme la resolución del Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala de la Capital, de fecha 11 de julio del 2025.

Fabrizio Benzo

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